Buenas tardes,
en primer lugar, encantado de pertenecer a esta pagina donde compartir informacion, gracias de antemano.
Ya he leido acerca de como tributar forex, pero me quedan algunas dudas, como si hay limite a partir del cual se debe tributar.
Por ejemplo, abri una cuenta en un broker con 100 euros, y durante un año es cuenta subio y bajo y a final de año tengo 300. deberia tributar o es una cantidad minima? o si durante el año vuelvo a ingresar otros 100 euros?
Espero su respuesta, o si necesita cualquiera aclaracion sobre la pregunta, muchas gracias. :)
Je, je, te contestaré igual que antes, aunque no soy el miembro con más tiempo en el foro. Recuerdo que para hacienda no hay que tributar hasta que no se llegan a los 500 euros.
Deberías haber tenido beneficios por operar el año pasado superiores a los 500 euros para la declaración de este año.
http://www.opcionesbinarias100.com/
Hola, como soy hispano-mexicano, respondere por ambos paises. En principio no hay mínimo exento en españa, debiendo tributarse por el total de la ganancia. El cálculo de dicha ganancia se realiza de la siguiente manera:
Saldo 31 Diciembre - Depósitos + Retiros - Saldo 1 Enero.
Siguiendo tu ejemplo (suponíendo un depósito de 100 € a mitad de año):
300 - 100 - 100 = 100 €
Espero que ahora esté más claro.
En Mexico seguro que mucha gente no lo sabe pero el forex no esta recogido por la ley, aunque eso no exime de que se tengan que pagar impuestos. Del mismo modo que no lo está el narcotrafico legalizado pero la ley dice que se deben pagar impuestos por los beneficios… y el hecho de pagar impuestos no vuelve a una actividad legal. Esto es algo curioso y desconocido por muchos. Esto bastante bien explicado aqui: http://www.forexycfds.com/foro-de-forex-preguntas-y-respuestas/15920-imp...,
A por todas
En España, la fiscalidad de la compra - venta de divisas en el mercado Forex no es diferente a la que se aplica a cualquier inversión en los mercados, como por ejemplo las acciones, los ETFs o los CFDs. Las plusvalías o ganancias patrimoniales obtenidas en Forex se consideran variaciones patrimoniales y tributan en la base imponible del ahorro del IRPF al tipo marginal del contribuyente, con independencia de su periodo de generación, y sin retención a cuenta.
Desde Forex, La cantidad que paga por impuesto de forex corresponde a un aproximado de 24% del beneficio que se logra en el mercado de divisas, ni más ni menos.
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